Últimas Noticias
Socios
Fondo Convencional Ordinario Art. 29 CCT 415/05 Estadísticas Normativa Vínculos Institucional Contacto Archivo / Buscar |
19/06/14
Estaciones de Servicio deben informar a AFIP operaciones exclusivas con petrolerasVencimiento presentación primer semestre: hasta el 1º de Julio de 2014
Buenos Aires, 19 de junio de 2014 Señores Asociados y Colegas del sector: En esta oportunidad dirigirnos a Uds. para informarles la entrada en vigencia de la Resolución General de AFIP N° 3572, del 16.12.13. La misma establece la creación de un Registro de Sujetos Vinculados y un Régimen de Información, a cargo de los responsables inscriptos en el aludido registro, como parte de la política para evitar la evasión fiscal en todos los sectores de la economía. Para adecuarse a la norma las estaciones de servicio deberán informar a la AFIP, antes del 1 de julio, todas las operaciones de compra realizadas durante el primer semestre de 2014 a las petroleras con las que operan en exclusividad. Se deben informar “operaciones realizadas en el período comprendiendo, entre otras, las compras, ventas, locaciones o prestaciones de servicios, inclusive las operaciones a título gratuito, cualquiera sea su naturaleza”. El incumplimiento total o parcial de las obligaciones dispuestas por la Resolución dará lugar a las sanciones previstas por la ley 11.683, con multas que van de los 150 a los 2.500 pesos. La norma define que existe vinculación económica cuando hay un contrato de suministro con exclusividad, como sucede habitualmente entre las compañías petroleras y las bocas de expendio. A causa de la aplicación de la norma, las compañías se encuentran obligadas a declarar la vinculación e informar mensualmente las operaciones realizadas con los operadores. Asimismo, estos últimos también deberán declarar la relación que los une, e informar las interacciones comerciales realizadas con su abastecedor. La presentación de la información deberá efectuarse hasta el último día hábil del mes calendario inmediato siguiente al período que se informa. Excepcionalmente, se podrán informar los correspondientes al primer semestre hasta el 1 de julio de 2014. Para mayor información, puede consultar la Resolución haciendo click aquí. Desde ya quedamos a su disposición para evacuar cualquier aclaración o duda que se les presente. Sin otro particular aprovechamos la oportunidad para saludarlos atentamente. Miguel A. Pettina | ||||||
|