27/06/07

Las EESS de GNC podrán comercializar libremente los excedentes de Capacidad de Transporte Firme.

Previamente, deberá estar satisfecha la demanda del sector GNC.

La Secretaria de Energia emitió las Resolución Nº 714/07, mediante la cual se crea un registro de adhesión para EE SS de GNC que cuenten con capacidad de transporte firme y pretendan revenderla a otros usuarios distintos de EE SS de GNC. Luego de satisfechas las necesidades del mercado de GNC, los inscriptos podrán comercializar los excedentes en los términos de la resolución 606/04.

La CEGNC está analizando la nueva resolución y mantendrá reuniones con la Secretaría de Energía a los fines de su interpretación.

Para ver el texto de la Resolución haga click aquí.