29/06/07

Estaciones de GNC deberán tener sillas de ruedas

La Legislatura porteña aprobó anoche una ley que establece la "obligatoriedad" de disponer de sillas de ruedas para clientes con necesidades especiales que deban descender de vehículos al momento de cargar combustible en estaciones con expendio de gas natural comprimido (GNC).

Con la aprobación, cada estación debe disponer de una silla de ruedas en perfectas condiciones por cada ocho bocas de expendio de GNC o fracción menor, según la ley. A su vez, las sillas deberán estas ubicadas en lugares de fácil acceso y señalizados con un cartel visible que indique la disponibilidad de las mismas.

Aquellos responsables de establecimientos de expendio de GNC que no cumplan con la obligación de la ley "serán sancionado con multa de 200 a 2000 mil pesos y/o clausura del establecimiento o inhabilitación", indica la norma.

Fuente: Infobae, 29 de junio de 2007